Artículo 1°.- En uso de la atribucion 19 del art. 45 de la Constitucion, y en atencion a los eminentes servicios que el Sr. Coronel José Manuel Castillo tiene prestados a la causa de la Independencia, se le concede el sueldo íntegro y vitalicio correspondiente a su clase.
Artículo 2°.- Sin perjuicio de los dispuesto en el art. anterior, el Ejecutivo le hará entregar inmediatamente la suma de Bs. 2,000 que se imputarán al presupuesto de la guerra.
Artículo 3°.- El Sr. Coronel Castillo gozará hasta su muerte, de los honores correspondientes a su graduacion, quedando escento de todo servicio.
Norma | Bolivia: Ley de 5 de septiembre de 1874 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Coronel Castillo. Premio de sus servicios a la independencia. | ||||
Keywords | Ley, septiembre/1874 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | Belisario Salínas - Presidente.- Macedonio D. Medina - Diputado Secretario.- Belisario Boeto - Diputado Secretario. Ejecútese.- Tomás Frias.- El Ministro de la Guerra.- Hilarion Daza. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.