Artículo 1°.- Autorízase al Ejecutivo para contratar en Europa un empréstito máximo-nominal de dos millones de libras esterlinas sobre bonos de la deuda pública. Una lei especial designará el tipo, los gastos de comision y demás condiciones del empréstito.

Artículo 2°.- Este empréstito se aplica a Ios objetos siguientes: Amortizacion de la moneda feble, con sujecion a la lei de 27 de agosto último. Indemnizacion a los compradores de comunidades y de las tierras del Estado, con sujecion a las leyes de 31 de julio y 9 de agosto último. Indemnizacion de las pérdidas causadas para hacer triunfar la revolucion. Amortizacion de la deuda de Mr. Meiggs y del empréstito de Chile. Amortizacion de las deudas interiores de la República con intereses y sin ellos.

Artículo 3°.- El empréstito será garantizado: 1° Con las rentas jenerales de la nacion. 2° Con el producto líquido del huano que pertenece a Bolivia en su litoral. 3° Con los impuestos que percibe el Estado, por la exportacion de metales y minerales procedentes del litoral.

Artículo 4°.- El Ejecutivo hará calificar y clasificar todas las deudas internas de la República, sin excepcion, por comisiones especiales.

Artículo 5°.- Los intereses de la deuda consolidada se reconocerán para la amortizacion del 25%

Artículo 6°.- La amortizacion se hará por licitacion, conforme al reglamento que dictará el Ejecutivo consultando la mayor publicidad en las operaciones.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para su ejecucion y cumplimiento. Sala de sesiones de la soberana Asamblea nacional constituyente en la ilustre y heróica capital Sucre, a 20 de octubre de 1871. (Lugar del sello).-
Tomás Frias, PRESIDENTE.- Mariano Navarro, DIPUTADO SECRETARIO.- Eulojio D. Medina, DIPUTADO SECRETARIO.
Palacio del Supremo Gobierno en Sucre, a 21 de octubre de 1871. (Lugar del gran sello).
Ejecútese.- Firmado - AGUSTIN MORÁLES.- Refrendado. El MINISTRO DE HACIENDA E INDUSTRIA, Casimiro Corral.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 21 de octubre de 1871
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEmpréstito. Se autoriza al Ejecutivo
KeywordsLey, octubre/1871
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorTomás Frias, PRESIDENTE.- Mariano Navarro, DIPUTADO SECRETARIO.- Eulojio D. Medina, DIPUTADO SECRETARIO. Ejecútese.- Firmado - AGUSTIN MORÁLES.- Refrendado. El MINISTRO DE HACIENDA E INDUSTRIA, Casimiro Corral.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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