Bolivia: Ley Nº 1867, 15 de junio de 1998

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad al Artículo 59, Atribución 12a de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Convenio de Cooperación Cultural, Educativa y Científica entre la República de Chipre y la República de Bolivia, firmado en La Paz, el 3 de Diciembre de 1993.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los tres días del mes de junio de mil novecientos noventa y ocho años.,
Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Guido Roca Villavicencio, Gonzalo Aguirre Villafán.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de junio de mil novecientos noventa y ocho años.
HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Tito Hoz de Vila Quiroga.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1867, 15 de junio de 1998
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba y ratifica el Convenio de Cooperación Cultural. Educativa y Científica con la República de Bolivia
KeywordsLey, junio/1998
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1867
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Guido Roca Villavicencio, Gonzalo Aguirre Villafán. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Tito Hoz de Vila Quiroga.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994

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