Artículo 1°.- Se crea una Aduanilla en la Caleta de Tocopila dependiente de la Aduana principal del puerto La-Mar, y con los siguientes fucionarios.- Un Teniente Administrador encargado de la Capitanía con el sueldo de 1,800 pesos anuales, y 200 pesos para gastos de pabellon y escritorio. Dos guarda-playas con el sueldo de 500 pesos cada uno, cuatro marineros para la capitanía con el sueldo de 240ps, cada uno. Diez soldados con su respectivo oficial.
Artículo 2°.- El derecho de estadía que pagan los buques que tocan en aquella Caleta, se considera corno fondos de la aduanilla. Son atribuciones del Teniente Administrador:
Artículo 1°.- velar el contrabando por Mar y Tierra desde Paquita hasta Güanillo:
Artículo 2°.- observar el desembarco extricto de la carga que se hubiese registrado en Cobija; la que viene sin registro caerá en comiso;
Artículo 3°.- pasar un estado quincenal del movimiento maritirno y de la carga de desembarco á la Administracion principal de Cobija para su confrontación:
Artículo 4°.- Vigilar por el Orden y cumplimiento de los deberes de sus subalternos, como autoridad principal en la demarcacion designada.
Norma | Bolivia: Ley de 25 de junio de 1863 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Aduanilla de Tocopilla. Sus fondos-Sus empleados Atribuciones del Administrador. | ||||
Keywords | Ley, junio/1863 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | Policarpo Eysaguirre.- Presidente. Antonio Calderos.- Secretario.- Diputado por el Departamento de la Paz.- Samuel Achá.--Secretario.- Diputado por el Departamento de Tarija. José María de Achá.-El Ministro de Hacienda.- Melchor Urquidi. José María de Achá.- -El Ministro de Hacienda.- -Melchor Urquidí. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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