Artículo Único.- Autorízase al Poder Ejecutivo, con el objeto de restablecer el órden Constitucional perturbado en el Norte de la República.
Artículo 1°.- Para aumentar el Ejército en el número que lo exijan las circunstancias, el cual se reducirá al pie en que se encuentra actualmente restablecido que fuere el órden.
Artículo 2°.- Para hacer el cobro anticipado de los ingresos públicos.
Artículo 3°.- Para negociar empréstitos afianzándolos con los intereses nacionales, designándose los fondos públicos con preferencia a todo otro pagamento.- Comuníquese al Poder Ejecutivo para su promulgacion y cumplimiento.
Norma | Bolivia: Ley de 25 de agosto de 1862 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorizacion: al Poder Ejecutivo para reprimir la rebelion de agosto encabezada por el Jeneral Perez. | ||||
Keywords | Ley, agosto/1862 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | José Maria de Achá - Manuel M. Salinas, Ministro de Gobierno y Relaciones Exteriores - Manuel José Cortés, Ministro de Instruccion Pública y Justicia - Rudesindo Carvajal, Ministro de Hacienda y Culto - Celedonio Avila, Ministro de Guerra. José Maria de Achá.- Manuel M. Salinas, Ministro de Gobierno y Relaciones Exteriores. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.