Artículo 1°.- El Ciudadano Jeneral José Maria de Acha, es Presidente Constitucional de la República, para el presente periodo, conforme a la proclamacion hecha por la Asamblea en la sesion de ayer, despues de haber verificado el escrutinio total de diez y seis mil novecientos treinta y nueve votos, en los que ha obtenido la mayoría absoluta de diez mil novecientos treinta y nueve.
Artículo 2°.- De acuerdo con la tradicion nacional, el Presidente proclamado se presentará el quince del corriente a medio dia, en la Sala de Sesiones de la Asamblea a prestar el juramento Constitucional y tomar posesion de su cargo.
Norma | Bolivia: Ley de 12 de agosto de 1862 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Acha: (Jeneral José Maria) es nombrado Presidente Constitucional, | ||||
Keywords | Ley, agosto/1862 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | Lucas Mendoza de la Tapia, Presidente - Mariano Baptista, Secretario - Félix Reyes Ortiz, Diputado Secretario. José Maria de Achá - El Ministro de Gobierno y Relaciones Exteriores - Manuel Macedonio Salinas - El Ministro de Hacienda y Culto, Rudesindo Carvajal El Ministro de Justicia e Instruccion - Manuel José Cortés - El Ministro de la Guerra, Celedonio Avila. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.