Bolivia: Ley Nº 186, 19 de octubre de 1962

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- El inmueble a que se refiere la Ley de 18 de noviembre de 1960, corresponde al marcado con el No. 1184 (antes 356) de la calle “Bustillo”, de la ciudad de Potosí, propio de los esposos Mamerta de Zárate y José Zárate.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 15 de octubre de 1962.
Fdo. Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Flores Arias, Presidente de la Cámara de Diputados; Eduardo Ochoa Senador Secretario; Humberto Valverde G., Senador Secretario; Stanley Gamberos, Diputado Secretario; Hugo Suárez, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y dos años.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 186, 19 de octubre de 1962
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEl inmueble a que se refiere la 18-11-60, corresponde al marcado con el N° 1184 (antes 356) de la calle bustillo, de la ciudad de Potosí
KeywordsLey, octubre/1962
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=186
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Flores Arias, Presidente de la Cámara de Diputados; Eduardo Ochoa Senador Secretario; Humberto Valverde G., Senador Secretario; Stanley Gamberos, Diputado Secretario; Hugo Suárez, Diputado Secretario.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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