Artículo 1°.- Mientras la Representacion Nacional proporcione fondos para el establecimiento del Colejio de Viedma decretado por ley de 4 de Noviembre de 1846, en indemnizacion de los que dejó su piadoso fundador, y han sido dispuestos por el Gobierno en 1847, se establecerá en la casa de Viedma de la Ciudad de Cochabamba una escuela de artes y oficios, conforme á la ley de 5 del mismo mes y año.

Artículo 2°.- Son fondos de este establecimiento por ahora: la renta anual de mil seiscientos cuarenta y cinco pesos cuatro y medio reales (1,645 ps. 4 y ½ reales) que le pertenece y se mandó pasar al Tesoro Público de Cochabamba en clase de depósito, por Decreto de 1° de Febrero de 1847, y trescientos cincuenta y cuatro ps. tres y medio reales (354 ps. 3 y ½ reales) que aquel Tesoro debe abonar anualmente á cuenta del espresado depósito.

Artículo 3°.- El retrato de D. Francisco Viedma, fundador de este establecimiento, será colocado en él con honrosa inscripcion, que perpetúe la memoria de su beneficencia. Entre tanto se funda el Colejio de que habla el artículo 1° el establecimiento se denominará Escuela de Artes y Oficios de Viedma.

Artículo 4°.- El Gobierno procederá á la brevedad posible á la planificacion de esta Escuela.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para su ejecucion y cumplimiento.- Dado en la Sala de Sesiones de la Convencion Nacional, en la Muy Ilustre y Denodada Ciudad de la Paz de Ayacucho, á 10 de Septiembre de 1851.- 43 de la Independencia y 3° de la Libertad.-
Andrés María Torrico, PRESIDENTE.- José Ignacio Leon, DIPUTADO SECRETARIO.- Luis Guerra, DIPUTADO SECRETARIO.
Palacio del Supremo Gobierno en la Muy Ilustre y denodada Ciudad de la Paz de Ayacucho á 10 de Septiembre de 1851 - 43 de la Independencia y 3° de la Libertad.- Ejecútese.-
MANUEL ISIDORO BELZU.- EL MINISTRO DEL CULTÓ É INSTRUCCIÓN PÚBLICA, José Agustin de la Tapia.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 10 de septiembre de 1851
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe establece en Cochabamba una escuela de artes y oficios.- Sus fondos.- Su denominacion.- El retrato del S. Viedma debe colocarse en él.
KeywordsLey, septiembre/1851
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorAndrés María Torrico, PRESIDENTE.- José Ignacio Leon, DIPUTADO SECRETARIO.- Luis Guerra, DIPUTADO SECRETARIO. MANUEL ISIDORO BELZU.- EL MINISTRO DEL CULTÓ É INSTRUCCIÓN PÚBLICA, José Agustin de la Tapia.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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