Bolivia: Ley de 31 de octubre de 1846

JOSE BALLIVIAN,
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE BOLIVIA,
CAPITAN GENERAL DE SUS EJERCITOS ETC. ETC.
Hacemos saber a todos los bolivianos que el Congreso ha dictado y nos publicamos la siguiente.-
LEY.
El Senado y Cámara de Representantes de la Nación Boliviana.
DECRETAN.

Artículo 1°.- Los Intendentes de Policía, Gobernadores, Jueces de Letras, Correjidores, Jueces de Paz y Curas, formarán archivos para depositar en ellos, los libros, expedientes, las leyes, decretos, ordenes y las colecciones de los periódicos que se les circulen por razón de su oficio, y todos los papeles de su incumbencia. Los procesos fenecidos serán archivados en las oficinas de los escribanos públicos.

Artículo 2°.- Los funcionarios de quienes habla el artículo anterior, son responsables civil y penalmente de depósito del depósito y entrega de estos archivos por inventario a los sucesores en su oficio.

Artículo 3°.- Los Gobernadores, Correjidores, Jueces de Paz y Curas, depositarán las colecciones de los periódicos oficiales que han de circularseles, en cumplimiento de esta ley, en sitio o paraje accesible a cualquiera del pueblo, que quiera leerlos, y sacar de ellos las copias que necesitare.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para su ejecución y cumplimiento. Dada en la Sala de sesiones del Senado en la Ilustre y Heroica Capital Sucre, a 30 de Octubre de 1846.-
Manuel de la Cruz Mendez.- Presidente del Senado.- Angel Aguirre.- Secretario Senador.
Lugar del Sello.- Palacio de Gobierno en Sucre, a 31 de Octubre de 1846.- Ejecútese.-
José Ballivián- El Ministro del Interior.- Pedro José de Guerra.
Mandamos por tanto a todas las autoridades de la República que la cumplan y hagan cumplir. El Ministro del Interior, la hará imprimir, publicar y circular a quienes corresponda.- Ilustre y Heroica Sucre, a 31 de Octubre de 1846.-
José Ballivián.- El Ministro del Interior.- Pedro José de Guerra.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 31 de octubre de 1846
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioArchivos publicos. Quien ha de formarlos. Documentos que deben contener.
KeywordsLey, octubre/1846
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorManuel de la Cruz Mendez.- Presidente del Senado.- Angel Aguirre.- Secretario Senador. José Ballivián- El Ministro del Interior.- Pedro José de Guerra. José Ballivián.- El Ministro del Interior.- Pedro José de Guerra.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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