Artículo 1°.- Los Intendentes de Policía, Gobernadores, Jueces de Letras, Correjidores, Jueces de Paz y Curas, formarán archivos para depositar en ellos, los libros, expedientes, las leyes, decretos, ordenes y las colecciones de los periódicos que se les circulen por razón de su oficio, y todos los papeles de su incumbencia. Los procesos fenecidos serán archivados en las oficinas de los escribanos públicos.
Artículo 2°.- Los funcionarios de quienes habla el artículo anterior, son responsables civil y penalmente de depósito del depósito y entrega de estos archivos por inventario a los sucesores en su oficio.
Artículo 3°.- Los Gobernadores, Correjidores, Jueces de Paz y Curas, depositarán las colecciones de los periódicos oficiales que han de circularseles, en cumplimiento de esta ley, en sitio o paraje accesible a cualquiera del pueblo, que quiera leerlos, y sacar de ellos las copias que necesitare.
Norma | Bolivia: Ley de 31 de octubre de 1846 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Archivos publicos. Quien ha de formarlos. Documentos que deben contener. | ||||
Keywords | Ley, octubre/1846 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | Manuel de la Cruz Mendez.- Presidente del Senado.- Angel Aguirre.- Secretario Senador. José Ballivián- El Ministro del Interior.- Pedro José de Guerra. José Ballivián.- El Ministro del Interior.- Pedro José de Guerra. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.