Bolivia: Ley de 13 de noviembre de 1844

JOSE BALLIVIAN, CAPITAN GENERAL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA, &a.
Hacemos saber á todos los bolivianos, que el Congreso ha dictado, y nos publicamos la siguiente Ley.
El Senado y cámara de Representantes de la Nacion Boliviana.
DECRETAN.

Artículo Único.- Se autoriza ampliamente al Ejecutivo, para proteger la colonizacion en el territorio de la República, así como la navegacion interior y la comunicación con el Atlántico por el Amazonas y el Plata, pudiendo conceder al efecto todas las franquicias, privilegios, exenciones y premios, que estime convenientes, con cargo de dar cuenta al Poder Legislativo para su aprobacion.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para su ejecucion y cumplimiento. Dada en la sala de sesiones del Senado en la Ilustre y Heróica ciudad Sucre á 13 de Noviembre de 1844.-
Crispin Diez de Medina, Presidente del Senado.- Buenaventura Guardia, Secretario Senador.
Palacio del Supremo Gobierno en Sucre á 13 de Noviembre de 1844.- Ejecútese -
José Ballivian. El Ministro del Interio.- Pedro Buitrago.
Mandamos por tanto á todas las autoridades de la República que la cumplan y la hagan cumplir. El Ministro del Interior la hará imprimir, publicar y circular. Ilustre y Heróica Sucre á 13 de Noviembre de 1844.-
José Ballivian - El Ministro del interior.- Pedro Buitrago.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 13 de noviembre de 1844
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutoriza al Poder Ejecutivo para proteger la navegacion y colonizacion interior. Son relativas las disposiciones de 11 mismo mes 5 de Octubre de 1851 y 27 Enero 1853.
KeywordsLey, noviembre/1844
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorCrispin Diez de Medina, Presidente del Senado.- Buenaventura Guardia, Secretario Senador. José Ballivian. El Ministro del Interio.- Pedro Buitrago. José Ballivian - El Ministro del interior.- Pedro Buitrago.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.