Bolivia: Ley de 4 de noviembre de 1844

JOSE BALLIVIAN GENERAL EN JEFE DE LOS EJERCITOS DE BOLIVIA Y PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE ELLA, &a. &a. &a.
Hacemos saber á todos los bolivianos, que el Congreso ha dictado y nos publicamos la siguiente ley.
El Senado y Cámara de Representantes de la Nacion Boliviana
DECRETAN,

Artículo 1°.- El Gobierno promoverá por todos los medios que estén á sus alcances, una sociedad ó empresas particulares, que se encarguen de establecer carretas para el porteo de cargas de Cobija á la Paz y á Potosí, concediendo algunos privilejios y anticipaciones, que á su juicio no sean perjudiciales al Estado ni á los particulares.

Artículo 2°.- Si en el año siguiente á la promulgacion de esta ley, no se formalizare la sociedad sobre - dicha, el Gobierno establecerá el mencionado porteo por carretas, de cuenta del Estado, dando para el efecto lss reglamentos convenientes.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para su publicacion y cumplimiento. Dado en la sala de sesiones del Senado en la Ilustre y Heróica ciudad Sucre á 2 de Noviembre de 1844.
Crispin Diez de Medina, Presidente del Senado - Buenaventura Guardia, Secretario Senador,
Palacio de Gobierno en Sucre á 4 de Noviembre de 1844 - Ejecútese -
José Ballivian - El Ministro de Hacienda - Miguel María de Aguirre.
Mandamos por tanto á todas las autoridades de la Repóblica, la cumplan y hagan cumplir. El Ministro de Hacienda la hará imprimir, publicar, y circular á quienes corresponde. Ilustre y Heróica ciudad Sucre á 4 de Noviembre de 1844
José Ballivian - El Ministro de Hacienda - Miguel María de Aguirre.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 4 de noviembre de 1844
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe establecen carretas en el camino de Cobija á la Paz y Potosí.
KeywordsLey, noviembre/1844
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorCrispin Diez de Medina, Presidente del Senado - Buenaventura Guardia, Secretario Senador, José Ballivian - El Ministro de Hacienda - Miguel María de Aguirre. José Ballivian - El Ministro de Hacienda - Miguel María de Aguirre.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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