Artículo 1°.- El dia 18 del presente mes se cerrarán las sesiones de la Convencion Nacional, y los Diputados asistirán á ella en traje de ceremonia.
Artículo 2°.- En el mismo dia jurarán la Constitucion del Estado, observándose las formalidades prescritas en el artículo 72 del Reglamento interior de debates.
Artículo 3°.- La fórmula del juramento será la siguiente: Jurais por Dios Nuestro Señor y estos Santos Evangelios observar fielmente la Constitucion del Estado sancionada por la presente Convencion? Contestará: - Si juro - Si así lo hicieres (concluirá el que tome el juramento) Dios os guarde, y si no, él y la Patria os lo demanden. Durante esta ceremonia estarán en pié todos los Diputados y concurrentes.
Artículo 4°.- Concluido el juramento, el Presidente nombrará una comision de seis individuos, para que acompañen al Presidente de la República desde su palacio á la Convencion; y otra de cinco para que lo reciban en la puerta exterior del salon de las sesiones.
Artículo 5°.- Luego que el Presidente de la República se halle en el seno de la Convencion, el Presidente de esta pronunciará un discurso propio á las circunstancias.
Artículo 6°.- En seguida el Presidente de la República, prestará el siguiente juramento.- Yo N. N. juro por Dios Nuestro Señor, y estos Santos Evangelios, que observaré y hare observar fielmente la Constitucion del Estado: si asi lo hiciere, Dios me ayude y si nó él y la Patria me lo demanden.
Norma | Bolivia: Ley de 17 de junio de 1843 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se cierran las sesiones del Congreso - Juramento de la Constitucion política, por este y por el Jefe del Estado. | ||||
Keywords | Ley, junio/1843 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | Manuel Hermenejildo Guerra, Presidente.- Jose de Ugarte, Diputado Secretario. Jesé Ballivian - En ausencia de Ministro, y como encargado del Despacho - Pantaleon José Dalence. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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