CONSIDERANDO.

  • Que el ciudadano Casimiro Olañeta ha consagrado toda su vida á la causa de la libertad y de la independencia de la patria.
  • Que desde 1829 ha defendido la dignidad y los derechos de Bolivia con una perseverancia heróica, y con la brillantez y amenidad, hija del genio.
  • Que durante su permanencia en Chile; ha acreditado ser el mejor abogado de la causa de la restauracion.
  • Que desde el momento en que supo que la patria habia sido invadida, no omitió sacrificio que condujese al feliz éxito de la campaña.
  • Que en las negociaciones diplomáticas que sucededieron á la victoria de Ingavi, y especialmente en la conclusion de la paz de Puno, manifestó mas que nunca el ardiente patriotismo de que estaba animado.

DECRETA

Artículo 1°.- Se declara al ciudadano Casimiro Olañeta Benemérito á la patria en grado eminente.

Artículo 2°.- El Ciudadano Casimiro Olañeta tendrá el siguiente dictado - "Primer restaurador en la lista diplomática de Bolivia.

Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo le dedicará á nombre de la Nacion una medalla de oro, guarnecida de brillantes, de diámetro conveniente; en cuyo amberso estén gravadas las armas de la República sobre dos plumas tajadas, puestas en aspa; y en su reberso una mano, en actitud de escribir con esta leyenda en el exergo. "Defendí á mi patria en la guerra y en la paz. "


Comuníquese al Poder Ejecutivo para su ejecucion y cumplimiento. Dada en la Sala de Sesiones en la Capital Sucre á 8 de Junio de 1843.
Manuel Hermenejildo Guerra, Presidente - Manuel María Vicenio, Secretario.
Palacio de Gobierno en Sucre á 11 de Junio de 1843.- Ejecútese -
José Ballivian - En ausencia del Señor Ministro y como encargado del despacho - Pantaleon Dalence.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 11 de junio de 1843
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioMedalla y dictados acordados al Sr. Casimiro Olañeta.
KeywordsLey, junio/1843
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorManuel Hermenejildo Guerra, Presidente - Manuel María Vicenio, Secretario. José Ballivian - En ausencia del Señor Ministro y como encargado del despacho - Pantaleon Dalence.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.