CONSIDERANDO:

  • Que la Representacion Nacional no puede contrariar la voluntad de los pueblos, que en sus actas solemnes nombraron Capitan General del Ejército al vencedor en Ingavi.
  • Que es justo conservar en el santuario de las leyes, un monumento de las glorias de Ingavi.

DECRETA.

Artículo 1°.- Es inadmisible la renuncia que ha hecho de la Capitanía General del Ejército, el Presidente Provisorio José Ballivian, y en consecuencia la Convencion ratifica solemnemente el nombramiento que le hicieron los pueblos. Gozará durante su vida de la renta íntegra que le corresponde como á Capitán General.

Artículo 2°.- La Convencion Nacional difiere, por ahora á la renuncia, que el Capitan General José Ballivian ha hecho, de los premios y honores que se le acordaron anteriormente.

Artículo 3°.- La espada con que venció el General José Ballivian al ejército invasor, será colocada como un monumento de las glorias de Bolivia, en la sala de sesiones del Cuerpo Lejislativo, entrelazada de un laurel y una palma, símbolos de aquella victoria, y de la paz de Puno.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para su ejecucion y cumplimiento. Dado en la Sala de Sesiones á 20 de Mayo de 1843
Manuel Escobar, Presidente - José María Vicenio, Secretario.
Palacio de Gobierno en Sucre á 22 de Mayo de 1843.- Ejecútese -
José Ballivian - El Ministro de la Guerra - Manuel Sagárnaga.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 22 de mayo de 1843
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioNo se admite la renuncia de la Capitanía General del Ejército hecha por el Sr. José Ballivian - La espada con que venció en Ingavi, será colocada en el salón del Cuerpo Legislativo.
KeywordsLey, mayo/1843
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorManuel Escobar, Presidente - José María Vicenio, Secretario. José Ballivian - El Ministro de la Guerra - Manuel Sagárnaga.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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