Artículo Único.- Las cuentas de toda clase se rendirán en papel comun, pero los comprobantes de cargo y data correrán en papel sellado correspondiente á la cantidad que expresen.
Norma | Bolivia: Ley de 4 de noviembre de 1840 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Las cuentas se rinden en papel comun y los comprobantes de ella en el sellado que coresponde. | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1840 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | Manuel Sanches de Velasco, Presidente del Senado, Manuel Fernando Bacaflor, Presidente de Representantes, José Joaquin de Aguirre, Senador Secretario, Juan Gualberto Lagraba, Representante Secretario, - José Miguel de Velasco - El Ministao de Hacienda - Miguel María de Aguirre. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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