Bolivia: Ley de 21 de junio de 1836

ANDRES DE SANTA CRUZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Asigna al Sr. Andres María torrico mil pesos de sobresuledo.
Relativas las disposiciones de 27 de Agosto y 31 del mismo mes.
REPÚBLICA BOLIVIANA.
El Congreso de Bolivia reunido estraordinariamente
ATENDIEEDO.
A los importantes servicios que ha prestado con asendrado patriotismo, durante la campaña del Perú, en clases de Secretario General del Presidente de Bolivia, el Ciudadano Andres Maria Torrico.
DECRETA.

Artículo Único.- Al ciudadano Andres María Torrico, Ministro de la Corte Superior del Distrito de Cochabamba, nombrado por el Gobierno, Ministro honorario de la Corte Suprema de la República, se le asignan mil pesos de sobre sueldo.


Comuníquese al Gobierno para su ejecucion y cumplimiento - Dado en la Sala de sesiones del Congreso en Tapacarí á 20 de Junio de 1836
José Pablo Hevia y Vaca - Presidente - José María Camacho, Prosecretario, Senador - Pió Blanco - Prosecretario Representante.
Palacio de Gobierno en Tapacarí á 21 de Junio de 1836 - Ejecútese --
MARIANO ENRIQUE CALVO-- EL MINISTRO DEL INTERIOR - José Ignacio de Sanjinés.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 21 de junio de 1836
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAsigna al Sr. Andres María torrico
KeywordsLey, junio/1836
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorJosé Pablo Hevia y Vaca - Presidente - José María Camacho, Prosecretario, Senador - Pió Blanco - Prosecretario Representante. MARIANO ENRIQUE CALVO-- EL MINISTRO DEL INTERIOR - José Ignacio de Sanjinés.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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