Artículo 1°.- Desde 1° de enero de 1835, quedará separada la administracion de aduana de Potosí de la del tesoro.

Artículo 2°.- El administrador que se nombre gozará la dotacion de dos mil pesos anuales.

Artículo 3°.- Esta nueva administracion de aduana será servida con los subalternos que hoy tiene.

Artículo 4°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo, para que proporcione á la mencionada aduana el local correspondiente, y los elementos que sean precisos para su mejor despacho.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para su publicacion y cumplimiento.- Sala de sesiones de la Cámara de Representantes en Chuquisaca á 5 de noviembre de 1834.-
José Ballivian, PRESIDENTE.- Pedro José de Guerra, SECRETARIO.
Mandamos por tanto &c. Palacio de Gobierno en Chuquisaca á 6 de noviembre de 1834.-
ANDRES SANTA-CRUZ.- El MINISTRO DE HACIENDA, José María de Lara.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 6 de noviembre de 1834
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioPara que la administracion de la aduana de Potosi se separe de la del tesoro: dotacion del administrador &c.
KeywordsLey, noviembre/1834
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorJosé Ballivian, PRESIDENTE.- Pedro José de Guerra, SECRETARIO. ANDRES SANTA-CRUZ.- El MINISTRO DE HACIENDA, José María de Lara.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.