Artículo Único.- El Congreso reunido elejirá los Jurados, que deban conocer en las causas sobre abusos de la libertad de imprenta, cuya duracion será de una á otra Lejislatura.
Norma | Bolivia: Ley de 10 de octubre de 1834 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Quien ha de elejir los Jurados de imprenta, y cuanto deben durar. | ||||
Keywords | Ley, octubre/1834 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | ANDRES SANTA-CRUZ- El MINISTRO DEL INTERIOR, Mariano Enrique Calvo. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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