Artículo Único.- Se autoriza al Poder Ejecutivo, á efecto de que pueda gravar los efectos de consumo de la ciudad de Chuquisaca, con el impuesto que crea conveniente a favor de la obra suspensa de la Iglesia Metropolitana de aquella ciudad, en el modo y forma que lo están en esta ciudad y en la de Potosí. Este impuesto solo tendrá lugar mientras se concluya dicha obra.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para su publicación y cumplimiento.
Sala de sesiones en la Paz de Ayacucho a 10 de agosto de 1831
Casimiro Olañeta, PRESIDENTE
José Manuel Loza, Diputado Secretario - Manuel de la Cruz Méndez, Diputado Secretario
Palacio de Gobierno en la Paz de Ayacucho a 12 de agosto de 1831. Ejecútese.
ANDRÉS SANTA-CRUZ
El MINISTRO DE HACIENDA, José María de Lara.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 12 de agosto de 1831
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioIglesia Metropolitana de Chuquisaca. para que los efectos de consumo de Chuquisaca, puedan gravarse con un impuesto a favor de la obra de la Iglesia.
KeywordsLey, agosto/1831
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorCasimiro Olañeta, PRESIDENTE José Manuel Loza, Diputado Secretario - Manuel de la Cruz Méndez, Diputado Secretario ANDRÉS SANTA-CRUZ El MINISTRO DE HACIENDA, José María de Lara.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.