Bolivia: Ley Nº 1831, 22 de marzo de 1998

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad al artículo 59, atribución 12a. de la Constitución Política del. Estado, se aprueba y ratifica la Convención sobre la Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonales y sobre su Destrucción, suscrita en Ottawa, Canadá, el 3 de Diciembre de 1997.


Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de febrero de mil novecientos noventa y ocho años.
Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez V.D., Rubén E. Poma Rojas, Gonzalo Molina Ossio, Guido Roca V., Gonzalo Aguirre Villafán.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de marzo de mil novecientos noventa y acho años.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Fernando Kieffer Guzmán.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1831, 22 de marzo de 1998
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba y ratifica la Convención sobre la Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonales y sobre su Destrucción
KeywordsLey, marzo/1998
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1831
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez V.D., Rubén E. Poma Rojas, Gonzalo Molina Ossio, Guido Roca V., Gonzalo Aguirre Villafán. Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Fernando Kieffer Guzmán.
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