Artículo Único.- De conformidad al artículo 59, atribución 12a. de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica la Convención de UNIDROIT sobre Bienes Culturales Robados o ilícitamente Exportados, suscrita en Roma el 24 de Junio de 1995.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1822, 22 de diciembre de 1997 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se aprueba y ratifica la Convención de UNIDROIT sobre Bienes Culturales Robados o Ilícitamente Exportados | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1997 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1822 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez V.D., Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Guido Roca V., Gonzalo Aguirre V. Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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