Bolivia: Ley Nº 1819, 22 de diciembre de 1997

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
DE LOS RECURSOS Y GASTOS

Artículo 1°.- Apruébase el Presupuesto Adicional Agregado por Bs.2.390.727.875 para la Administración Central, Instituciones Descentralizadas, Empresas Públicas y Entidades Financieras, según los anexos Nos. 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9, y cuyo consolidado es de Bs. 1.959.864.968 del anexo 1.

Artículo 2°.- Autorízase el Traspaso Intrainstitucional por Bs. 176.141.534 en favor de las Instituciones Públicas destinado a incrementar el Grupo 10000 “Servicios Personales” de conformidad con el anexo No. 9.

Artículo 3°.- Apruébase el Presupuesto Modificado de Recursos y Gastos de las Prefecturas Departamentales y sus entidades dependientes que se encuentren institucionalizadas mediante disposiciones jurídicas o administrativas por el monto de Bs.349, 395.910 de conformidad con los anexos Nos. 10 y 11.

Artículo 4°.- El Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Hacienda aprobará mediante disposiciones administrativas el detalle y todas las especificaciones que sean necesarias para la aplicación de la presente Ley y sus anexos adjuntos.

Artículo 5°.- Queda modificado el Presupuesto General de la Nación de la Gestión 1997; el cual adquirió fuerza de ley en consideración al Art. 147, Párrafo Tercero de la Constitución Política del Estado.


Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y siete años.
Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez V.D., Gonzalo Molina Ossio, Rubén Poma Rojas, Guido Roca V., Gonzalo Aguirre V.
Por tanto la proniulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y siete años.
Fdo. HUGO, BANZER SUAREZ, Carlos Iturralde Ballivián, Edgar Millares Ardaya.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1819, 22 de diciembre de 1997
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioApruébase el Presupuesto Adicional Agregado por Bs.2.390.727.875 para la Administración Central, Instituciones Descentralizadas, Empresas Públicas y Entidades Financieras
KeywordsLey, diciembre/1997
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1819
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez V.D., Gonzalo Molina Ossio, Rubén Poma Rojas, Guido Roca V., Gonzalo Aguirre V. Fdo. HUGO, BANZER SUAREZ, Carlos Iturralde Ballivián, Edgar Millares Ardaya.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994

Referencias a esta norma

[BO-DS-25124] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25124, 5 de agosto de 1998
Apruébase los ajuste y traspasos interinstitucionales e intrainstitucionales efectuados dentro del Presupuesto General de la Nación correspondiente a la gestión 1997.

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