Bolivia: Ley Nº 1773, 14 de marzo de 1997

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- En cumplimiento al Artículo 59, Atribución 5º., de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Gobierno Municipal de Sucre, a contraer un crédito de hasta $us. 1.005.425.90 (UN MILLON CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO 90/100 DOLARES AMERICANOS) con un interés anual máximo de 14% (Catorce por Ciento), con destino a cubrir los costos que demande el Catastro Multifinalitario de aquella ciudad.


Pase al Poder ejecutivo para fines constitucionales
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de marzo de mil novecientos noventa y siete años.
Fdo.- H. Raúl Lema Patiño.- PRESIDENTE H. SENADO NACIONAL.- H. Georg Prestel Kern.- PRESIDENTE H. CAMARA DE DIPUTADOS.- HH. Walter Zuleta Roncal y Horacio torres Guzmán, Senadores Secretarios.- HH. Imel Copa Velásquez e Ismael Morón Sánchez, Diputados Secretarios.-
Por Tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de marzo de mil novecientos noventa y siete años.
Fdo. GONZALO SÁNCHEZ DE LOZADA.- José Guillermo Justiniano Sandoval.- Ministro de la Presidencia de la República.- Lic. Gonzalo Afcha de la parra.- Ministro Suplente de Hacienda.-

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1773, 14 de marzo de 1997
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza al Gobierno Municipal de Sucre, a contraer un crédito de hasta $us. 1.005.425.90.- con destino a el Catastro Multifinalitario
KeywordsLey, marzo/1997
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1773
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo.- H. Raúl Lema Patiño.- PRESIDENTE H. SENADO NACIONAL.- H. Georg Prestel Kern.- PRESIDENTE H. CAMARA DE DIPUTADOS.- HH. Walter Zuleta Roncal y Horacio torres Guzmán, Senadores Secretarios.- HH. Imel Copa Velásquez e Ismael Morón Sánchez, Diputados Secretarios.- Fdo. GONZALO SÁNCHEZ DE LOZADA.- José Guillermo Justiniano Sandoval.- Ministro de la Presidencia de la República.- Lic. Gonzalo Afcha de la parra.- Ministro Suplente de Hacienda.-
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994

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