Artículo Único.- De conformidad con el Artículo 59, Atribución 5º., de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Crédito, suscrito entre la República de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento (CAF), el día 20 de febrero de 1997, en la ciudad de La Paz, Bolivia, por un monto de TRECE MILLONES CIEN MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 13.100.000.-) destinados a financiar el Proyecto de Pavimentación de la Carretera San Pablo-Casarabe.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1765, 10 de marzo de 1997 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Apruébase el Convenio de Crédito, suscrito con la CAF por $us. 13.100.000.-, destinados a la Carretera San Pablo-Casarabe | ||||
Keywords | Ley, marzo/1997 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1765 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo.- H. Raúl Lema Patiño.- PRESIDENTE H. SENADO NACIONAL.- H. Georg Prestel Kern.- PRESIDENTE H. CAMARA DE DIPUTADOS.- HH. Walter Zuleta Roncal y Guido Capra Jemio, Senadores Secretarios.- HH. Hugo Baptista Orgaz e Ismael Morón Sánchez, Diputados Secretarios.- Fdo. GONZALO SÁNCHEZ DE LOZADA.- Dr. Jaime Villalobos S.- Ministro de Desarrollo Económico.- Fernando Candia Castillo.- Ministro de Hacienda.- José Guillermo Justiniano Sandoval.- Ministro de la Presidencia de la República.- Dr. Antonio Aranibar Quiroga.- Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.- | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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