Artículo Único.- De conformidad con el Artículo 59, Atribución 5º., de la Constitución Política del Estado, apruébase la Primera Enmienda de fecha 15 de abril de 1996 al Convenio de Crédito suscrito entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento (AIF) el día 7 de julio de 1995 en el Distrito de Columbia, Estados Unidos de América, por un monto en varias monedas, equivalentes a CINCO MILLONES TRESCIERNTOS MIL 00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG. 5.300.000.-), destinados a continuar financiando el Programa de Capitalización.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1717, 6 de noviembre de 1996 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Apruébase la Primera Enmienda de Fecha 15 de abril de 1996 al Convenio de Crédito, entre la República de Bolivia y la AIF por DEG. 5.300.000.-, destinados a continuar financiando el Programa de Capitalización | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1996 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1717 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Raúl Lema Patiño.- PRESIDENTE H. SENADO NACIONAL.- H. Georg Prestel Kern.- PRESIDENTE H. CAMARA DE DIPUTADOS.- HH. Walter Zuleta Roncal y Guido Capra Jemio, Senadores Secretarios.- HH. Imel Copa Velásquez y Aida Moreno Claros.- Diputados Secretarios.- Fdo. VICTOR HUGO CARDENAS CONDO.- Presidente Constitucional Interino de la República.- José Guillermo Justiniano Sandoval.- Ministro de la Presidencia de la República.- Fernando Candia Castillo.- Ministro de Hacienda.- Alfonso Revollo Thenier.- Ministro de Capitalización.- | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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