Artículo Único.- De conformidad al artículo 59°, atribución 1ra DE LAConstitución Política del Estado, derógase la Ley Nº 1598 de 12 de agosto de 1994, mediante la cual se dispuso la ratificación del Acuerdo Bilateral de Complementación Económica, suscrito con la República del Paraguay el 15 de marzo de 1994, el mismo qwue ha sido sustituido por el acuerdo Multilateral de Alcance de Complementación Económica con los Gobiernos de las Repúblicas de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, estados partes del MERCOSUR, firmado el 7 de diciembre de 1995.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1701, 17 de julio de 1996 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Mercosur. Derogase la ley 1598 de 12 de agosto de 1994, sustituyendo el acuerdo bilateral con el Paraguay por el acuerdo multilateral de alcance de complementación económica con los gobiernos de los estados parte del MERCOSUR, firmado el 7 de diciembre de 19 | ||||
Keywords | Ley, julio/1996 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1701 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | H. JUAN CARLOS DURÁN SAUCEDO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. Guillermo Bedregal Gutiérrez, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario.- H. Horacio Torres Guzmán, Senador Secretario.- H. Luis Sanabria Taboada, Diputado Secretario.- H. Alfredo Romero, Diputado Secretario. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Presidente Constitucional de la República. - Dr. Antonio Aranibar Quiroga, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.- Lic. Jaime Villalobos S., Ministro de Desarrollo Económico. - José Guillermo Justiniano Sandoval, Ministro de la Presidencia de la República | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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