Artículo Único.- De conformidad con el Artículo 59 atribución 5º de la Constitución Política del Estado, apruébese el Convenio de Crédito (Enmienda Nº 4), suscrito entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento (AIF) el día 14 de febrero de 1995, en el Distrito de Columbia, Estados Unidos de América, por la suma de hasta SEIS MILLONES CIEN MIL DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG. 6.100.000.--), destinados a continuar financiando el Programa de Reforma Estructural.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1636, 5 de julio de 1995 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Convenio con AIF. Apruébase el crédito (enmienda 4), por DEG. 6.1. Millones, destinado al programa de reforma estructural, suscrito en Columbia, EUA, el 14 de febrero de 1995 | ||||
Keywords | Ley, julio/1995 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1636 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Juan Carlos Durán Saucedo, Presidente H. Senado Nacional; H. Javier Campero Paz, Presidente H. Cámara de Diputados, H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario; H. Freddy Tejerina Ribera, Senador Secretario; H. Yerko Kukoc del Carpio, Diputado Secretario; H. Edith Gutiérrez de Mantilla, Diputada Secretaria. Fdo. GONZALO SÁNCHEZ DE LOZADA, Lic. Fernando A. Cossio, Ministro de Hacienda; José Guillermo Justiniano Sandoval, Ministro de la Presidencia de la República; Dr. Antonio Araníbar Quiroga, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto; Jaime Villalobos, Ministro de Desarrollo Económico. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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