Artículo Único.- De conformidad con el Artículo 59 atribución 5º de la Constitución Política del Estado, apruébese el Contrato de Préstamo, suscrito entre la República de Bolivia y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola, el 20 de febrero de 1995, por un monto que asciende a DEB. 4.300.000.00 (CUATRO MILLONES TRESCIENTOS MIL 99/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO); destinados a financiar el Proyecto de Desarrollo Sostenible de los Pueblos Indígenas del Beni, en especial de los Pueblos Mojeños, Yuracarés, Cavineños, Chácobos, Chimanes y Esse Ejjas.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1633, 5 de julio de 1995 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Contrato con el FIDA. Apruébase el préstamo por DEG. 4.3 millones, destinado a financiar el proyecto de desarrollo sostenible de los pueblos indígenas del Beni, suscrito el 20 de febrero de 1995 | ||||
Keywords | Ley, julio/1995 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1633 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Juan Carlos Durán Saucedo, Presidente H. Senado Nacional; H. Javier Campero Paz, Presidente H. Cámara de Diputados, H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario; H. Freddy Tejerina Ribera, Senador Secretario; H. Yerko Kukoc del Carpio, Diputado Secretario; H. Edith Gutiérrez de Mantilla, Diputada Secretaria. Fdo. GONZALO SÁNCHEZ DE LOZADA, José Guillermo Justiniano Sandoval, Ministro de la Presidencia de la República; Lic. Fernando A. Cossio, Ministro de Hacienda, Dr. Antonio Araníbar Quiroga, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto; Lic. Raúl Tovar Piérola, Ministro de Defensa Nacional. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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