Artículo Único.- De conformidad con el Artículo 59°, atribución 5º de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Crédito, suscrito entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento (AIF) el día 21 de abril de 1995, en el Distrito de Columbia, Estados Unidos de América, por la suma de hasta SIETE MILLONES SEISCIENTOS MIL DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG. 7.600.00.--), destinados a financiar el Proyecto de Reforma Judicial.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1628, 30 de junio de 1995 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Contrato con la AIF Apruébase el de Crédito, por DEG. 7.6 millones, destinado al Proyecto de Reforma Judicial, suscrito en Columbia, EUA, el 21 de abril de 1995 | ||||
Keywords | Ley, junio/1995 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1628 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Juan Carlos Durán Saucedo, Presidente H. Senado Nacional; H. Javier Campero Paz, Presidente H. Cámara de Diputados, H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario; H. Freddy Tejerina Ribera, Senador Secretario; H. Michael Meier F., Diputado Secretario; H. Edith Gutiérrez de Mantilla, Diputada Secretaria. Fdo. GONZALO SÁNCHEZ DE LOZADA, Lic. Fernando A. Cossio, Ministro de Hacienda, Dr. Antonio Araníbar Quiroga, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto; José Guillermo Justiniano Sandoval, Ministro de la Presidencia de la República; Dr. René Blattmann B., Ministro de Justicia. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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