Bolivia: Ley Nº 1622, 6 de marzo de 1995

VÍCTOR HUGO CARDENAS CONDE
PRESIDENTE DEL CONGRESO NACIONAL
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Declárase de prioridad nacional, el Plan de Integración Vial entre los departamentos de Chuquisaca y Tarija a través de las provincias Hernando Siles, O'Connor y Arce respectivamente, identificándose como primera obra a construir el puente sobre el Río Pilcomayo.

Artículo 2°.- Encomiéndase al Servicio Nacional de Caminos en coordinación con las Corporaciones de Desarrollo de Chuquisaca y Tarija la elaboración de los estudios de Factibilidad Técnico - Económica y Diseño final de los caminos que integren el Plan Vial y el puente priorizados en el artículo anterior.

Artículo 3°.- Autorízase al Poder Ejecutivo y a las Corporaciones de Desarrollo de Chuquisaca y Tarija, gestionar financiamiento ante organismos nacionales e internacionales para la construcción de las obras.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de febrero de mil novecientos noventa y un años.
Firmado: H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente del Senado Nacional; H. Fernando Kieffer Guzmán, Presidente de la Cámara de Diputados; H. José Luis Carvajal Palma, Senador Secretario; H. José Taboada Calderon de la Barca, Senador Secretario; H. Enrique Toro Tejada, Diputado Secretario; H. Julio Mantilla Cuellar, Diputado Secretario.
Por tanto, de conformidad a lo prescrito por el artículo 78 de la Constitución Política del Estado, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio Legislativo, en la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de marzo de mil novecientos noventa y cinco años.
Fdo. VICTOR HUGO CARDENAS CONDE, H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario del Honorable Senado Nacional; H. Yerko Kukoc del Capio, Diputado Secretario de la H. Cámara de Diputados.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1622, 6 de marzo de 1995
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioPlan de integración vial. Declárase de prioridad nacional entre departamentos de Chuquisaca y Tarija
KeywordsLey, marzo/1995
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1622
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. VICTOR HUGO CARDENAS CONDE, H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario del Honorable Senado Nacional; H. Yerko Kukoc del Capio, Diputado Secretario de la H. Cámara de Diputados.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994

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