Bolivia: Ley Nº 1610, 23 de diciembre de 1994

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad con el artículo 59, atribución 5º de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo, suscrito entre la República de Bolivia y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA) en fecha 15 de junio de 1994, por la suma de CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL 00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG. 5.450.000.00), destinados a financiar el Proyecto de Desarrollo de Productores de Camélidos en el Altiplano Boliviano.


Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiún días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro años.
Fdo. H. Juan Carlos Durán Saucedo, Presidente H. Senado Nacional; H. Javier Campero Paz, Presidente H. Cámara de Diputados, H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario; H. Freddy Tejerina Ribera, Senador Secretario; H. Yerko Kukoc del Carpio, Diputado Secretario; H. Michael Meier F., Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro años.
Fdo. GONZALO SÁNCHEZ DE LOZADA, Dr. Carlos Sánchez Berzain, Ministro de la Presidencia de la República; Dr. Antonio Araníbar Quiroga, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto; Lic. Gaby Candia de Mercado, Ministra Suplente de Hacienda; Dr. Jaime Villalobos, Ministro de Desarrollo Económico.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1610, 23 de diciembre de 1994
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioContrato con FIDA. Apruébase el préstamo suscrito el 15 de junio de 1994, por DEG 4.45 millones, destinado a financiar el proyecto de desarrollo de camélidos en el altiplano Bolivian
KeywordsLey, diciembre/1994
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1610
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Juan Carlos Durán Saucedo, Presidente H. Senado Nacional; H. Javier Campero Paz, Presidente H. Cámara de Diputados, H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario; H. Freddy Tejerina Ribera, Senador Secretario; H. Yerko Kukoc del Carpio, Diputado Secretario; H. Michael Meier F., Diputado Secretario. Fdo. GONZALO SÁNCHEZ DE LOZADA, Dr. Carlos Sánchez Berzain, Ministro de la Presidencia de la República; Dr. Antonio Araníbar Quiroga, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto; Lic. Gaby Candia de Mercado, Ministra Suplente de Hacienda; Dr. Jaime Villalobos, Ministro de Desarrollo Económico.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994

Referencias a esta norma

[BO-DS-28556] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28556, 22 de diciembre de 2005
Autorizar al Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios constituir en el FONDESIF un Fideicomiso por $us 1.285.355,15, provenientes de la recuperación y administración del Fondo Rotatorio y recursos de FADES, para el PPC.

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