Artículo Único.- En tanto se procesen las reformas a introducirse en la Ley de Organización Judicial, publicada el 23 de marzo de 1993, se otorga un nuevo término establecido por el Artículo 5° de las Disposiciones Transitorias de dicha Ley y por el artículo único de la Ley Nº 1501 de 8 de octubre de 1993, por un año, computable a partir del 24 de marzo de 1994.
Entretanto, la Corte Nacional de Trabajo y Seguridad Social, Corte Nacional de Minería y Tribunal Fiscal de la Nación, continuará en sus labores de acuerdo con las normas que regulan su actual funcionamiento.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1563, 13 de mayo de 1994 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Ley de Organización Judicial, se otorga un nuevo término al establecido por el art. 5 de las disposiciones transitorias de esta ley, por un año | ||||
Keywords | Ley, mayo/1994 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1563 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. JUAN CARLOS DURAN SAUCEDO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUILLERMO BEDREGAL GUTIERREZ, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario.- H. Guido R, Capra Jemio, Senador Secretario.- H. Eudoro Galindo Anze, Diputado Secretario.- H. Michael Meir F., Diputado Secretario. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Presidente Constitucional Interino de la República.- Dr. Carlos Sánchez Berzain, Ministro de la Presidencia de la República.- Dr. René Blattmann B., Ministro de Justicia. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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