Artículo 1°.- Declárase de prioridad nacional, la construcción de la Avenida 6 de Marzo, situada en la jurisdicción de la ciudad de El Alto.
Artículo 2°.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo en coordinación con la H. Alcaldía Municipal de El Alto, realizar todas las acciones necesarias para lograr el financiamiento destinado a su construcción.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1548, 28 de marzo de 1994 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | El alto, declarase prioritaria la construcción de la avenida 6 de marzo | ||||
Keywords | Ley, marzo/1994 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1548 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. JUAN CARLOS DURAN SAUCEDO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUILLERMO BEDREGAL GUTIERREZ, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario.- H. Guido R, Capra Jemio, Senador Secretario.- H. Georg Prestel Kern, Diputado Secretario.- H. Eudoro Galindo Anze, Diputado Secretario. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Presidente Constitucional de la República.- Fernando A. Cossio, Ministro de Hacienda y Desarrollo Económico.- Dr. Enrique Ipiña Melgar, Ministro de Desarrollo Humano. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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