Artículo 1°.- De conformidad con el Art. 2º del Decreto Supremo de 4 de abril de 1879, expropiase por necesidad y utilidad públicas los inmuebles situados en la Plaza 25 de Mayo de la capital de la provincia Sur Cinti del departamento de Chuquisaca, pertenecientes a la testamentaria Pérez Hermanos, Manuel Torres, Manuel Navarro y Eulalia Castelo, con destino a la construcción de las dependencias de la Alcaldía Municipal de la mencionada localidad. Encomendándose a proseguir los trámites ulteriores a la Alcaldía Municipal de Villa Abecia.
Artículo 2°.- Para los fines a expropiarse, y de conformidad con el inc. 14 del Art. 57 de la Constitución Política del Estado, autorízase a la Alcaldía Municipal de la capital de la provincia Sur Cinti del departamento de Chuquisaca, la venta en subasta pública de todos los bienes inmuebles que posee.
Norma | Bolivia: Ley Nº 140, 21 de diciembre de 1961 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Alcaldía municipal de Chuquisaca, expropiase por necesidad y utilidad pública los inmuebles situados en la plaza 25 de mayo de la capital de la Provincia sud Cinti del Departamento de Chuquisaca | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1961 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=140 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Federico Fortún, Presidente del H. Senado Nacional; Edil Sandoval Morón, Presidente de la Cámara de Diputados; Fernando Ayala R., Senador Secretario; Octavio Rivadeneira, Senador Secretario; Abdón Ugarte, Diputado Secretario; Jorge Canedo, Diputado Secretario | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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