Bolivia: Ley Nº 1396, 11 de diciembre de 1992

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Declárase de necesidad y utilidad pública la expropiación de dos lotes de terreno marcados con los números 75B y 79B, cada uno con una superficie aproximada de tres hectáreas, situados en la región de Amachuma, provincia Murillo del departamento de La Paz, colindantes con la estación de Comprobación Técnica de Amachuma (Centro de Monitoreo) de la Dirección General de Telecomunicaciones.

Artículo 2°.- Los lotes de terreno mencionados en el artículo anterior, serán destinados a la ampliación de la estación de Comprobación Técnica de Amachuma, por ser absolutamente necesarios para la comprobación del uso de un bien originario del Estado: El Espectro Radioeléctrico.

Artículo 3°.- La Prefectura del departamento de La Paz, deberá realizar el trámite expropiatorio respectivo, hasta su total conclusión y pago del valor de los dos lotes de terreno, en conformidad a la Ley de 30 de diciembre de 1884.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Elena Calderón de Zuleta, Senador Secretario.- H. Carlos Farah Aquim, Senador Secretario.- H. Walter Villagra Romay, Diputado Secretario.- H. Walter Alarcón Rojas, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Pablo Zegarra A., Ministro de Finanzas.- Profa. Olga Saavedra de Querejazu.- Ing. Oswaldo Antezana Vaca Diez, Ministro de Asuntos Campesinos y Agropecuarios.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1396, 11 de diciembre de 1992
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEstación de comprobación técnica de Amachuma. Situada en la Provincia murillo, La Paz. Exprópianse dos lotes de terreno 75b y 79b, destinados a su ampliación
KeywordsLey, diciembre/1992
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1396
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Elena Calderón de Zuleta, Senador Secretario.- H. Carlos Farah Aquim, Senador Secretario.- H. Walter Villagra Romay, Diputado Secretario.- H. Walter Alarcón Rojas, Diputado Secretario. Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Pablo Zegarra A., Ministro de Finanzas.- Profa. Olga Saavedra de Querejazu.- Ing. Oswaldo Antezana Vaca Diez, Ministro de Asuntos Campesinos y Agropecuarios.
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Referencias a esta norma

[BO-L-N1396] Bolivia: Ley Nº 1396, 21 de septiembre de 2021
Aprueba la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Pazña, a favor de la Caja Nacional de Salud, ubicado en el Distrito Avicaya - zona Sud Este de la Provincia Poopó del Departamento de Oruro; con destino exclusivo para la construcción del Centro de Salud Avicaya C.N.S., de conformidad a la Ley Municipal N° 03/2020 de 16 de julio de 2020, modificada por la Ley Municipal N° 003/2021 de 24 de junio de 2021, emitidas por el Gobierno Autónomo Municipal de Pazña .

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