Bolivia: Ley Nº 1381, 18 de noviembre de 1992

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad a la Ordenanza Municipal Nº 5/88 de fecha 2 de julio de 1988, amplíase la reserva urbana de la ciudad de Tupiza, capital de la provincia Sud Chichas del departamento de Potosí, de acuerdo con los datos estractados de la Carta Nacional de Bolivia, hoja n° 6429 I, sería H, 731 escala 1:50.000, EDICIÓN 1 - ING, compilado en 1970 por el método fotogramétrico, comprendiendo los siguientes límites:
COORDENADAS DEL PUNTO “A” 7.632 000 norte 215 000 este
COORDENADAS DEL PUNTO “B” 7.632 000 norte 220 000 este
COORDENADAS DEL PUNTO “C” 7.622 000 norte 220 000 este
COORDENADAS DEL PUNTO “D” 7.622 000 norte 215 000 este

Puntos de referencia topográficas


Lado norte: Estancia de Tambillo Bajo - Estancia de Tolonias
Lado sud: Cerro de Yu Pururo - Estancia Bolívar - Estancia Yurcuma - Estancia de Santa Rosa
Lado este: Estancia Tolonias - Cerro Yurcuma - Estancia el Choro - Estancia Yurcuma - Estancia Santa Rosa
Lado oeste: Cerro Plata - Villa Palala Alta - Cerro Colorado - Cerro Yucu Pururo


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los nueve días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Carlos Farah Aquim, Senador Secretario.- H. Oscar Vargas Molina, Senador Secretario.- H. Walter Villagra Romay, Diputado Secretario.- H. Ramiro Argandoña Valdez, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Fernando Kieffer Guzmán, Ministro de Asuntos Urbanos.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1381, 18 de noviembre de 1992
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioTupiza. Amplíase su reserva urbana, de conformidad a la ordenanza municipal 5/88 de 2 de Julio de 1988
KeywordsLey, noviembre/1992
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1381
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Carlos Farah Aquim, Senador Secretario.- H. Oscar Vargas Molina, Senador Secretario.- H. Walter Villagra Romay, Diputado Secretario.- H. Ramiro Argandoña Valdez, Diputado Secretario. Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Fernando Kieffer Guzmán, Ministro de Asuntos Urbanos.
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Referencias a esta norma

[BO-L-N1381] Bolivia: Ley Nº 1381, 2 de julio de 2021
Aprueba la transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie total de 40.000,00 metros cuadrados (m2), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Pampa Aullagas, ubicado en la zona Philpata, sector Este, del Municipio de Pampa Aullagas, Provincia Ladislao Cabrera del Departamento de Oruro; a favor del Ministerio de Educación, con destino exclusivo para la construcción de la “Unidad Académica Pampa Aullagas”, dependiente de la Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros Caracollo – Oruro, de conformidad a lo establecido en la Ley Municipal Nº 035 de 20 de agosto de 2019, modificado por la Ley Autonómica Municipal N° 044/2021 de 09 de junio de 2021, emitido por el Gobierno Autónomo Municipal de Pampa Aullagas.

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