Bolivia: Ley Nº 1375, 16 de noviembre de 1992

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Declárase Monumento Nacional al Santuario de Surumi - Virgen de Guadalupe, situado en la provincia Chayanta del departamento de Potosí.

Artículo 2°.- Autorízase al Poder Ejecutivo disponer las partidas presupuestarias para el financiamiento, equipamiento y mantenimiento del Santuario.
Corresponde al Instituto Boliviano de Cultura la inventariación y el marcado con una placa que identifique al santuario de Surumi como Monumento Nacional.

Artículo 3°.- Declárase áreas de necesidad y utilidad pública, las necesarias para el desarrollo del Proyecto religioso - turístico Santuario de la Virgen de Surumi, bajo el control y amplia colaboración de CORDEPO.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los once días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Elena Calderón de Zuleta, Senador Secretario.- H. Carlos Farah Aquim, Senador Secretario.- H. Walter Villagra Romay, Diputado Secretario.- H. Ramiro Argandoña Valdez, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Samuel Doria Medina Auza, Ministro de Planeamiento y Coordinación.- Lic. Pablo Zegarra A., Ministro de Finanzas.- Lic. Ronald Maclean Abaroa, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.- Profa. Olga Saavedra de Querejazu, Ministra de Educación y Cultura.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1375, 16 de noviembre de 1992
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSantuario de Surumi- virgen de Guadalupe. Declárase monumento nacional, situado en la Provincia Chayanta de Potosí
KeywordsLey, noviembre/1992
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1375
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Elena Calderón de Zuleta, Senador Secretario.- H. Carlos Farah Aquim, Senador Secretario.- H. Walter Villagra Romay, Diputado Secretario.- H. Ramiro Argandoña Valdez, Diputado Secretario. Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Samuel Doria Medina Auza, Ministro de Planeamiento y Coordinación.- Lic. Pablo Zegarra A., Ministro de Finanzas.- Lic. Ronald Maclean Abaroa, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.- Profa. Olga Saavedra de Querejazu, Ministra de Educación y Cultura.
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