Artículo 1°.- Elévase a rango de Ley de la República, el Decreto Supremo Nº 22277 del 1ro. de agosto de 1989, por el que se crea la Reserva Nacional de Flora y Fauna “TIRIQUIA”.
Artículo 2°.- Créase el Consejo de Administración de la Reserva, conformado por organizaciones regionales gubernamentales y no gubernamentales relacionadas con la problemática medio ambiental, que a continuación se enumeran:
La Secretaría Nacional de Medio Ambiente.
La Corporación Regional de Tarija
El Centro de Desarrollo Forestal.
La Organización Gubernamental CENPRODER (Centro de Promoción y Desarrollo Rural)
La Organización no gubernamental PROMETA (Protección Medio Ambiente Tarija).
El Comité de Reforestación.
Dicho Consejo de Administración, deberá elaborar sus reglamentos internos en el lapso de los 30 días siguientes de la promulgación de esta Ley.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1328, 23 de abril de 1992 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Reserva nacional de flora y fauna Tariquia, créase | ||||
Keywords | Ley, abril/1992 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1328 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. GUILLERMO FORTÚN SUAREZ PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL - H. GASTON ENCINAS VALVERDE PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS -H. ELENA CALDERON DE ZULETA Senador Secretario - H. OSCAR VARGAS MOLINA Senador Secretario H. WALTER VILLAGRA ROMAY Diputado Secretario - H. RAMIRO ARGANDOÑA VALDEZ Diputado Secretario. Fdo. JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA - OSWALDO ANTEZANA VACA DIEZ Ministro de Asuntos Campesinos y Agropecuarios - SAMUEL DORIA MEDINA AUZA Ministro de Planeamiento y Coordinación. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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