Bolivia: Ley Nº 1327, 23 de abril de 1992

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo 1°.- Declárase de prioridad nacional la construcción de la carretera asfaltada Tarija - Entre Ríos - Villamontes.

Artículo 2°.- Incorpórase esta carretera a la red fundamental caminera del país.

Artículo 3°.- Autorízase a los Ministros de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, de Planeamiento y Coordinación y de Finanzas concretar financiamiento internacional para su construcción.


Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de abril de mil novecientos noventa y dos años
Fdo. H. GUILLERMO FORTÚN SUAREZ PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL - H. GASTON ENCINAS VALVERDE PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS -H. ELENA CALDERON DE ZULETA Senador Secretario - H. OSCAR VARGAS MOLINA Senador Secretario H. WALTER VILLAGRA ROMAY Diputado Secretario - H. RAMIRO ARGANDOÑA VALDEZ Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de abril de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA - CARLOS APONTE PINTO Ministro de Transportes Comunicaciones y Aeronáutica Civil- JORGE QUIROGA RAMIREZ Ministro de Finanzas - SAMUEL DORIA MEDINA AUZA Ministro de Planeamiento y Coordinación.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1327, 23 de abril de 1992
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCarretera asfaltada Tarija - entre ríos - Villamontes. Declárase de prioridad nacional su construcción
KeywordsLey, abril/1992
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1327
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. GUILLERMO FORTÚN SUAREZ PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL - H. GASTON ENCINAS VALVERDE PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS -H. ELENA CALDERON DE ZULETA Senador Secretario - H. OSCAR VARGAS MOLINA Senador Secretario H. WALTER VILLAGRA ROMAY Diputado Secretario - H. RAMIRO ARGANDOÑA VALDEZ Diputado Secretario. Fdo. JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA - CARLOS APONTE PINTO Ministro de Transportes Comunicaciones y Aeronáutica Civil- JORGE QUIROGA RAMIREZ Ministro de Finanzas - SAMUEL DORIA MEDINA AUZA Ministro de Planeamiento y Coordinación.
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Referencias a esta norma

[BO-L-N1327] Bolivia: Ley Nº 1327, 7 de septiembre de 2020
Aprueba los Contratos Administrativos Mineros suscritos por la Dirección Regional Tupiza – Tarija de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera – AJAM, con los distintos Actores Productivos Mineros.ANEXO(S) :ANEXO A LA LEY N° 1327Fecha de emisión : 2020-09-02- Descargar Anexo

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