Artículo 1°.- Elévase a rango de ley el Decreto Supremo Nº 04323 de 22 de febrero de 1956, por el que se declara de necesidad y utilidad pública la expropiación de la sayaña “Tinta Pampa o Pujo Pampa”, de 14.000 metros cuadrados, situada en la jurisdicción de Chulumani, provincia Sud Yungas, de este departamento, con destino a la escuela seccional de la Comunidad Cuchumpaya.
Artículo 2°.- Dejase sin efecto el Decreto Supremo Nº 05710 de 24 de febrero de 1961.
Norma | Bolivia: Ley Nº 132, 15 de diciembre de 1961 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Sayaña tinta pampa o pujo pampa, elévase a rango de Ley el D.S. no. 04323 de /22/2/56 | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1961 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=132 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Federico Fortún, Presidente del H. Senado Nacional; Edil Sandoval Morón, Presidente de la Cámara de Diputados; Francisco Morales, Senador Secretario; Ciro Humboldt, Senador Secretario; Alfredo Aguirre, Diputado Secretario; Jorge Canedo, Diputado Secretario | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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