Bolivia: Ley Nº 1306, 17 de febrero de 1992

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase el cantón Collpahuma en la jurisdicción de la provincia Saucari del departamento de Oruro, con límites: al norte, con los cantones Saucari y Challavito de la provincia Saucari; al sur, con el cantón Culluri de la provincia Saucari y al oeste, con los cantones Payoco y Caracoto de la provincia Carangas, Todos del departamento de Oruro.

Artículo 2°.- La nueva jurisdicción comprende a las comunidades de Arevillca, Orocondo, Ancasi, Mamani, Calisaya, Ayala, Yucra, Flores, Vinaya, Ajata, Colkehuanca, Chánez y Ayma.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 29 de enero de 1992.
Fdo. H. GUILLERMO FORTUN SUAREZ PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL - H. GASTON ENCINAS VALVERDE PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS- H. ELENA CALDERON DE ZULETA Senador Secretario - H. CARLOS FARAH AQUIM Senador Secretario - H. WALTER ALARCON ROJAS Diputado Secretario - H. RAMIRO ARGANDOÑA VALDEZ Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de febrero de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA - CARLOS SAAVEDRA BRUNO Ministro del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1306, 17 de febrero de 1992
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCantón Collpahuma. Créase en la Provincia Saucari, Oruro
KeywordsLey, febrero/1992
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1306
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. GUILLERMO FORTUN SUAREZ PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL - H. GASTON ENCINAS VALVERDE PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS- H. ELENA CALDERON DE ZULETA Senador Secretario - H. CARLOS FARAH AQUIM Senador Secretario - H. WALTER ALARCON ROJAS Diputado Secretario - H. RAMIRO ARGANDOÑA VALDEZ Diputado Secretario. Fdo. JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA - CARLOS SAAVEDRA BRUNO Ministro del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social.
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[BO-L-N1306] Bolivia: Ley Nº 1306, 29 de junio de 2020
Aprueba la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble de patrimonio institucional, establecimiento de salud de Tercer Nivel denominado “Hospital San Juan de Dios”, de Propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, con una superficie total de 19.071,956 metros cuadrados (m²), ubicado en la calle Cuellar, Zona Central, UV ZC, Manzano 105 del Distrito Municipal Nº 11 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Provincia Andrés Ibáñez del Departamento de Santa Cruz; a favor del Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz, de conformidad a lo establecido en la Ley Municipal Autonómica GMASCS Nº 005/2013 de 31 de mayo de 2013 y la Resolución Municipal R.M. 263/2017-2018, emitidas por el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra.

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