Artículo 1°.- Autorízase a la Corporación Minera de Bolivia, para que proceda a la transferencia, a título de compra-venta, de los terrenos de su propiedad ubicados en las zonas de Pampahasi y Seguencoma (El Gramadal), a favor de la “Cooperativa de Vivienda de Comibol, COVICO Ltda.”
Artículo 2°.- El valor de los mencionados lotes de terreno será fijado por la COMIBOL, de acuerdo a normas establecidas para el avalúo de inmuebles.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1300, 12 de diciembre de 1991 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Viviendas de interés social. Se autoriza a la corporación minera de Bolivia, la compra venta, de lotes de terrenos, a favor de la cooperativa de vivienda de COMIBOL, Covico Ltda | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1991 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1300 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. GUILLERMO FORTUN SUAREZ PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL - H. GASTON ENCINAS VALVERDE PRESIDENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS- H. ELENA CALDERON DE ZULETA Senador Secretario - H. CARLOS FARAH AQUIM Senador Secretario - H. WALTER VILLAGRA ROMAY Diputado Secretario - H. ARTURO LIEBERS BALDIVIESO Diputado Secretario. Fdo. JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA - EDGAR SCHRWARZ Ministro de Finanzas a.i. - GONZALO VALDA CARDENAS Ministro de Minería y Metalurgia. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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