Bolivia: Ley Nº 1271, 30 de septiembre de 1991

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo 1°.- Declárase de prioridad nacional y utilidad pública la realización de los Juegos Deportivos Bolivarianos de 1993 en la República de Bolivia.

Artículo 2°.- Se establece que la organización, desarrollo y administración económica de dicho evento esté a cargo del Comité Olímpico Boliviano, (COBOL 93).

Artículo 3°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo a gestionar el financiamiento internacional necesario para la construcción de la infraestructura requerida para el evento, así como para la organización del mismo.

Artículo 4°.- La construcción y ejecución de las obras de infraestructura deportiva para los Juegos Deportivos Bolivarianos, estarán bajo la responsabilidad exclusiva de los Comités Departamentales de Deportes de las ciudades de Cochabamba y Santa Cruz.

Artículo 5°.- El Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Finanzas y previa aprobación de CONEPLAN, deberá consignar en el Presupuesto General de la Nación, los recursos necesarios para el funcionamiento de COBOL así como para las inversiones planificadas por los Comités Departamentales de Deportes de las ciudades de Cochabamba y Santa Cruz.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. H. GUILLERMO FORTUN SUAREZ PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL - H. GASTON ENCINAS VALVERDE PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS - H. ELENA CALDERON DE ZULETA - Senador Secretario - H. OSCAR VARGAS MOLINA Senador Secretario - H. WALTER VILLAGRA ROMAY - Diputado Secretario - H. RAMIRO ARGANDOÑA VALDEZ Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA - GUSTAVO FERNANDEZ SAAVEDRA Ministro de la Presidencia de la República - SAMUEL DORIA MEDINA Ministro de Planeamiento y Coordinación - DAVID BLANCO ZABALA - Ministro de Finanzas.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1271, 30 de septiembre de 1991
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioJuegos deportivos bolivarianos 1993. Declárase de prioridad nacional y utilidad pública su realización
KeywordsLey, septiembre/1991
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1271
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. GUILLERMO FORTUN SUAREZ PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL - H. GASTON ENCINAS VALVERDE PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS - H. ELENA CALDERON DE ZULETA - Senador Secretario - H. OSCAR VARGAS MOLINA Senador Secretario - H. WALTER VILLAGRA ROMAY - Diputado Secretario - H. RAMIRO ARGANDOÑA VALDEZ Diputado Secretario. Fdo. JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA - GUSTAVO FERNANDEZ SAAVEDRA Ministro de la Presidencia de la República - SAMUEL DORIA MEDINA Ministro de Planeamiento y Coordinación - DAVID BLANCO ZABALA - Ministro de Finanzas.
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Referencias a esta norma

[BO-L-N1271] Bolivia: Ley Nº 1271, 24 de enero de 2020
Aprueba la transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 9.732,54 metros cuadrados (m²), de propiedad de la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL, ubicado en la Zona San Cristóbal (Campamento Pailaviri), Distrito N° 4, del Municipio de Potosí, Provincia Tomás Frías del Departamento de Potosí; a favor de la Policía Boliviana, destinado al funcionamiento de la Facultad Técnica Superior en Ciencias Policiales – Potosí, de conformidad a la Resolución de Directorio General N° 6643/2019 de 12 de septiembre de 2019, emitida por el Directorio General de la Corporación Minera de Bolivia.

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