Artículo 1°.- Autorízase al Servicio Nacional de Caminos a cobrar pontazgo en el nuevo puente sobre el Río Grande del camino Sucre- Epizana, de acuerdo con la siguiente escala:
Artículo 2°.- El producto de la recaudación a que se refiere el artículo procedente servirá para cubrir la suma total invertida, pagándose a las instituciones contribuyentes el porcentaje respectivo de sus inversiones, o sea: al Servicio Nacional de Caminos novecientos setenta millones de bolivianos (Bs. 970.000.000.-) por el costo del puente sobre el Río Grande y mil doscientos millones setecientos ochenta y un mil ochocientos cinco bolivianos (Bs. 1.202.781.805.-) por su parte para la construcción de variante de acceso a la Misión de Operación de los Estados Unidos en Bolivia setecientos veinte millones de bolivianos (Bs. 720.000.000.-) por el préstamo otorgado para cubrir el costo de la mencionada variante de acceso.
Artículo 3°.- Una vez recobrado el importe total de las obras, el saldo a recaudarse será utilizado para proseguir con otros trabjos que mejoren las condicones de transitabilidad del camino Sucre - Epizana- Cochabamba.
Norma | Bolivia: Ley Nº 120, 17 de noviembre de 1961 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorízase al Servicio Nacional de Caminos, cobrar pontazgo en el nuevo puente sobre el río grande del camino sucre - Epifanía | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1961 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=120 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Alberto Lavadenz., Presidente del H. Senado Nacional; Edil Sandoval Morón, Presidente de la Cámara de Diputados; Julio Calvo, Senador Secretario; Fernando Ayala R., Senador Secretario; Germán Claros, Diputado Secretario; Abdón Ugarte, Diputado Secretario | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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