Bolivia: Ley Nº 1193, 31 de octubre de 1990

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Autorízase a la Honorable Alcaldía Municipal de la ciudad de Santa Cruz la permuta de los terrenos de propiedad Municipal de 4.049, 62 metros cuadrados, situados en la U. V. 16 Faja de Equipamiento con los terrenos de propiedad de la Misión Bautista Brasileña de 2.327, 10 metros cuadrados, situados en el U. V. 1 manzana 170 de la ciudad de Santa Cruz.

Artículo 2°.- Autorízase a la Honorable Alcaldía Municipal de la ciudad de Santa Cruz, la donación de 2.327, 10 metros cuadrados situados en la U. V. 1 manzana 170 de la ciudad de Santa Cruz, a favor del Poder Judicial, para la construcción del Palacio de Justicia, en conformidad plena con la Ordenanza Municipal No. 29/90 en toda la extensión de su contenido.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticuatro días del mes de octubre de mil novecientos noventa años.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional - H. Benjamín Miguel Harb, Presidente H. Cámara de Diputados - H. José Luis Carvajal Palma, Senador Secretario H. Senado Nacional - José Taboada Calderón de la Barca, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. Armando De la Parra Soria, Diputado Secretario - H. Enrique Toro Tejada, Diputado Secretario
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de octubre de mil novecientos noventa años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, David Blanco Zabala, Ministro de Finanzas

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1193, 31 de octubre de 1990
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorízase a la honorable alcaldía municipal de la ciudad de santa cruz la permuta de los terrenos de propiedad municipal de 4.049,62 metros cuadrados, situados en la u. v. 16 faja de equipamiento con los terrenos de propiedad de la misión bautista Brasil
KeywordsLey, octubre/1990
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1193
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional - H. Benjamín Miguel Harb, Presidente H. Cámara de Diputados - H. José Luis Carvajal Palma, Senador Secretario H. Senado Nacional - José Taboada Calderón de la Barca, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. Armando De la Parra Soria, Diputado Secretario - H. Enrique Toro Tejada, Diputado Secretario Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, David Blanco Zabala, Ministro de Finanzas
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Referencias a esta norma

[BO-L-N1193] Bolivia: Ley Nº 1193, 26 de junio de 2019
Aprueba la transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 7.453,92 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Batallas, ubicado entre las comunidades de Chirapaca y Karhuiza del Municipio de Batallas, Provincia Los Andes del Departamento de La Paz; a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB, con destino a la construcción e instalación de una Estación Satelital de Regasificación, de conformidad a la Ley Municipal Autonómica N° 126/2018 de 23 de mayo de 2018, promulgada el 6 de junio de 2018 por el Gobierno Autónomo Municipal de Batallas.

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