Artículo Único.- Interpretase los incisos f), g), h), i) del artículo primero y ampliase el inciso i) del mismo artículo de la ley de 7 de diciembre de 1960, sobre impuestos para el comité de Obras Públicas de la capital y Obres Públicas provinciales del departamento del Beni, en los siguientes términos:
El inciso i) dirá:
“i) 6.000 Bs. (SEIS MIL 00/100 BOLIVIANOS) por botella de bebidas importadas (con alcohol) y por lata de 16 litros o más de alcohol potable importado.”
Norma | Bolivia: Ley Nº 117, 11 de noviembre de 1961 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Comité de OO.PP, interprétase los incisos f), g), h), i) del artículo 1° y ampliase el inciso l) del mismo artículo de la ley de 7 de diciembre de 1960 | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1961 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=117 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Alberto Lavadenz., Presidente del H. Senado Nacional; Edil Sandoval Morón, Presidente de la Cámara de Diputados; Ciro Humboltd B., Senador Secretario; Octavio Rivadeneira, Senador Secretario; Alfredo Aguirre, Diputado Secretario; Jorge Canedo, Diputado Secretario | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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