Bolivia: Ley Nº 1163, 20 de junio de 1990

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- Apruébase la suscripción del “Convenio de Cooperación Técnica” de fecha 6 de septiembre de 1989, entre la República de Bolivia y el Reino de los Países Bajos.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los once días del mes de junio de mil novecientos noventa años.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR SECRETARIO.- H. José Taboada Calderón de la Barca, SENADOR SECRETARIO.- H. Luis Morgan López Baspineiro, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Enrique Toro Tejada, DIPUTADO SECRETARIO.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de junio de mil novecientos noventa años.
Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- Carlos Iturralde Ballivián, MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1163, 20 de junio de 1990
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioConvenio con el reino de los países bajos. Apruébase el de cooperación técnica, suscrito el 6 de septiembre de 1989
KeywordsLey, junio/1990
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1163
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR SECRETARIO.- H. José Taboada Calderón de la Barca, SENADOR SECRETARIO.- H. Luis Morgan López Baspineiro, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Enrique Toro Tejada, DIPUTADO SECRETARIO. Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- Carlos Iturralde Ballivián, MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
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Referencias a esta norma

[BO-L-N1163] Bolivia: Ley Nº 1163, 18 de abril de 2019
11 DE ABRIL DE 2019.- Aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 39.8332 hectáreas (ha), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Potosí, ubicado en la Zona Ichu Kollu, Distrito N° 18, Comunidad de Chiutara, del Municipio de Potosí, Provincia Tomás Frías del Departamento de Potosí; a favor de la Empresa Pública Productiva “Cementos de Bolivia – ECEBOL”, dependiente del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas – SEDEM, bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, con destino exclusivo para la implementación de una Planta de Cemento en el Departamento de Potosí; de conformidad a lo establecido en la Ley Municipal N° 185, de 23 de octubre de 2018, emitida por el Gobierno Autónomo Municipal de Potosí.

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