Bolivia: Ley Nº 1158, 30 de mayo de 1990

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- Ratifícase el “Convenio sobre el Contrato de Transporte Internacional y las Normas sobre Responsabilidades Civil del Porteador Terrestre” (CRT), como asimismo el “Convenio sobre Transporte Internacional Terrestre” con todos sus anexos, suscritos por los señores Ministros de Obras Públicas y Transportes de los países del Cono Sur, en fechas 31 de agosto y 1° de septiembre de 1989 respectivamente, en la ciudad de Santiago de Chile.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintitrés días del mes de mayo de mil novecientos noventa años.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR SECRETARIO.- H. José Taboada Calderón de la Barca, SENADOR SECRETARIO.- H. Luis Morgan López Baspineiro, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Armando De la Parra Soria, DIPUTADO SECRETARIO.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de mayo de mil novecientos noventa años.
Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- Jorge Soruco V., MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1158, 30 de mayo de 1990
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioRatifícase los relativos al contrato de transporte internacional y normas de responsabilidad de porteador terrestre (CRT) suscrito en Santiago de Chile por los ministros de OO.PP
KeywordsLey, mayo/1990
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1158
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR SECRETARIO.- H. José Taboada Calderón de la Barca, SENADOR SECRETARIO.- H. Luis Morgan López Baspineiro, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Armando De la Parra Soria, DIPUTADO SECRETARIO. Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- Jorge Soruco V., MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
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Referencias a esta norma

[BO-L-N1158] Bolivia: Ley Nº 1158, 27 de marzo de 2019
25 DE MARZO DE 2019.- Aprueba la enajenación a título gratuito, de un lote de terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Machacamarca, con una superficie de 99.721,00 metros cuadrados (m²), ubicado en la Zona Villa Victoria, Sector Sud Oeste del Municipio de Machacamarca, Provincia Pantaleón Dalence del Departamento de Oruro; a favor del Ministerio de Educación, con destino exclusivo a la ejecución del proyecto “Construcción de la Unidad Académica de Educación Física, Deportes y Recreación Machacamarca”, de conformidad a la Ley Municipal N° 107/2018, de fecha 19 de octubre de 2018 emitida por el Gobierno Autónomo Municipal de Machacamarca.

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