Artículo 1°.- Declárase de necesidad y prioridad nacionales la construcción de la ruta troncal Oruro - Challacollo - Toledo - Huanchacalla - Sabaya - Pisiga.
Artículo 2°.- autorízase al Poder Ejecutivo a tramitar, ante fuentes internas o externas, el financiamiento necesario para la construcción de dicho camino.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1128, 19 de enero de 1990 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Camino Oruro - Challacollo - Toledo - Huachacalla - sabaya - Pisiga. Declárase de necesidad y prioridad nacionales la construcción de esa ruta troncal | ||||
Keywords | Ley, enero/1990 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1128 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR SECRETARIO.- H. José Taboada Calderón de la Barca, SENADOR SECRETARIO.- H. Enrique Toro Tejada, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Armando De la Parra Soria, DIPUTADO SECRETARIO. Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- Lic. Willy Vargas Vacaflor, MINISTRO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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