Bolivia: Ley Nº 1123, 16 de noviembre de 1989

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Declárase de interés nacional la electrificación de las poblaciones de Tomayapo, Chinchilla, Ircalaya, El Puente, Pompeya, Santa Ana, Animas, Cazón Pampa, Chayaza, Carrizal, Belén, Arteza, Asloca, Atacama, Tojo, Yunchara, Buena Vista, ñoquera y Churquis, en el Departamento de Tarija, San Juan, Las Carreras. El Monte, Lime, La Torre, Tárcana, Higuerayo, Impora, Tacapi, San Carreras, El Monto, Lime, La Torre, Tárcana, Higuerayo, Impora, Tacapi, San Agustín, Santa Rosa, Socpora, Taraya, Escapana, Reinecilla y Villa Pacheco, en los Departamentos de Chuquisaca y Potosí.

Artículo 2°.- La Corporación de fomento Energético Rural (COFER), de conformidad al Decreto Supremo Nº 20226 de 9 mayo de 1984, realizará los correspondientes estudios sobre la base de los cuales el Poder Ejecutivo gestionará su financiamiento, nacional y/o internacional.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dadas en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los un dias del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR SECRETARIO.- H. José Taboada Calderón de la Barca, SENADOR SECRETARIO.- H. Enrique Toro Tejada, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Luis Morgan López Baspiñeiro, DIPUTADO SECRETARIO.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- Fernando Rodríguez Cornejo.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1123, 16 de noviembre de 1989
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioElectrificación. De Provincias de Chuquisaca y Potosí. Declarase de interés nacional
KeywordsLey, noviembre/1989
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1123
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR SECRETARIO.- H. José Taboada Calderón de la Barca, SENADOR SECRETARIO.- H. Enrique Toro Tejada, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Luis Morgan López Baspiñeiro, DIPUTADO SECRETARIO. Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- Fernando Rodríguez Cornejo.
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Referencias a esta norma

[BO-L-N1123] Bolivia: Ley Nº 1123, 14 de noviembre de 2018
13 DE NOVIEMBRE DE 2018.- Modifica el Artículo Único de la Ley N° 989 de 1 de noviembre de 2017.

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